NRUA: Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración

Nuevo sistema de regulación de los arrendamientos de corta duración en España (2025)
Desde el 2 de enero de 2025, España cuenta con un nuevo sistema de regulación de los arrendamientos de corta duración. El Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, crea el Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración y establece la obligación de obtener un número de registro único para poder comercializar estos alojamientos en plataformas digitales con motor de reservas.
Este registro responde a la necesidad de adaptar la normativa española al Reglamento (UE) 2024/1028, que exige a los Estados miembros la creación de sistemas de recogida y supervisión de información sobre los servicios de alquiler de corta duración.
1. ¿Qué es el Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración?
El Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración es un registro estatal que centraliza la inscripción de los alojamientos destinados a alquileres temporales o turísticos en España. Su finalidad es mejorar la transparencia del mercado, facilitar el control administrativo y reducir el alquiler ilegal o no registrado, que dificulta la supervisión fiscal y urbanística.
Enlace externo recomendado:
Puedes consultar el texto completo del Real Decreto 1312/2024 en el BOE:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-26931
2. ¿Desde cuándo es obligatorio?
Aunque el Real Decreto entró en vigor el 2 de enero de 2025, sus efectos son obligatorios desde el 1 de julio de 2025. A partir de esa fecha, ningún alojamiento puede ofrecerse en plataformas de reservas online sin haber obtenido previamente su número de registro único.
3. ¿Qué es el Número de Registro de Alquiler (NRUA)?
El Número de Registro de Alquiler (NRUA) es un código alfanumérico que identifica de forma única cada unidad destinada al alquiler de corta duración. Este número debe aparecer en todos los anuncios publicados en plataformas digitales con motor de reservas, ya que sin él la comercialización del alojamiento no es legal.
4. ¿Quién está obligado a solicitar el NRUA?
Están obligados a solicitar el NRUA:
- Propietarios o arrendadores de viviendas completas destinadas al alquiler de corta duración.
- Propietarios que alquilan habitaciones de forma independiente.
- Agentes y gestores que ofrecen alojamientos de corta duración en plataformas digitales.
No están incluidos en este registro los hoteles, hostales, pensiones u otros establecimientos regulados por normativa específica.
5. ¿Cómo se obtiene el NRUA?
La obtención del NRUA se realiza a través de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, gestionada por el Colegio de Registradores de España. El procedimiento consiste en:
- Acceder a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
- Presentar la solicitud con los datos del inmueble y del arrendador.
- Adjuntar la documentación requerida.
- Recibir un número provisional o definitivo, una vez verificados los datos.
6. Obligaciones de las plataformas digitales
A partir de julio de 2025, las plataformas que permiten reservas y pagos online deben:
- Mostrar el NRUA en cada anuncio.
- Remitir datos mensuales sobre la actividad de los alquileres a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, incluyendo el número de registro, fechas de alquiler y URL del anuncio.
7. Consecuencias de no cumplir
Si un arrendador no obtiene el NRUA o no lo publica correctamente:
→Su alojamiento no puede ser ofertado legalmente en plataformas de reservas online.
→La plataforma puede eliminar el anuncio o requerir su regularización.
→El arrendador puede enfrentarse a sanciones económicas según la normativa autonómica o municipal aplicable.
8. Relevancia de la normativa autonómica y municipal
Aunque el Registro Único es estatal, las normativas autonómicas y municipales continúan siendo aplicables en lo que respecta a requisitos adicionales, como licencias turísticas o condiciones de uso. Por tanto, es imprescindible verificar la normativa específica de la comunidad autónoma y el municipio en el que se encuentra el inmueble.
9. Conclusión
El Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración y el NRUA representan un cambio relevante en la regulación del alquiler turístico y temporal en España. Desde julio de 2025, contar con el NRUA es indispensable para la comercialización legal de alojamientos de corta duración en plataformas digitales, y su correcta gestión es imprescindible para evitar sanciones y problemas legales.